La sustitución del patrón
“La sustitución del patrón no disuelve ni afecta en forma alguna las relaciones de trabajo de la empresa”. En el caso de Luz y Fuerza del Centro, la sustitución ha sido hecha por la Comisión Federal de Electricidad. Esta se está encargando de la operación del Sistema Eléctrico Nacional, en la región central del país. Consecuentemente, es el patrón sustituto de los electricistas. Invocar esta figura es un derecho de los trabajadores.
1- Introducción
En varias ocasiones hemos señalado que para resolver el grave conflicto electricista, consecuencia del Decreto de Calderón para extinguir a Luz y Fuerza del Centro (LFC), resulta conveniente invocar la figura de “patrón sustituto”. Esta propuesta de carácter laboral, la ubicamos en el marco de la integración de la industria eléctrica nacionalizada, conclusión del proyecto de nacionalización propuesta por los electricistas democráticos.
Se trata de una formulación política que tiene como base a la política eléctrica independiente. Hemos discutido las consideraciones industriales y, ahora, abordaremos algunos aspectos jurídicos relacionados.
Leer nota completa
0 comentarios:
Publicar un comentario en la entrada